Santiago, 16 de abril de 2019. Respecto a la aprobación por parte de Cámara de Diputados – el martes 9 de abril 2019 – del proyecto de ley , en segundo trámite constitucional, que modifica el régimen de responsabilidad actualmente vigente en la ley 20.009, haciéndolo aplicable a los casos de extravío, hurto, robo, o fraude de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de pago con provisión de fondos, o cualquier otro sistema, incluyendo los fraudes en transacción electrónicas de fondos, la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) señala lo siguiente:
- La regulación de servicios financieros debiese velar por el principio de que el oferente provea servicios seguros y, el consumidor, sea responsable de usar adecuadamente dichos servicios. En este orden de ideas, los bancos debiesen ser responsables en aquellos casos en que sean negligentes en la prestación de los servicios, causando un menoscabo al consumidor y, los clientes, responsables cuando no los utilicen apropiadamente o cuando no sean diligentes en el cuidado de sus claves o dispositivos.
- Sin embargo, este principio no es recogido en el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados. Esto, ya que se consagra una verdadera presunción de derecho de la responsabilidad en contra de los bancos, obligándolos a pagar los cargos o restituir los fondos correspondientes a fraudes dentro de los 7 días hábiles siguientes al reclamo, sin atender a las circunstancias que originaron dicho fraude, no distinguiendo la responsabilidad que le compete al cliente, al banco o a los demás intervinientes del sistema de pagos.
- De este modo, el proyecto de ley vulnera el derecho constitucional al debido proceso, la presunción de inocencia y otras garantías constitucionales, ya que incorpora un régimen de responsabilidad objetiva que hace responsable a quien pudo haber actuado con la mayor diligencia, impidiendo que un conflicto legítimo pueda ser resuelto por los tribunales, afectando, de esta manera, el derecho a un procedimiento justo.
- En síntesis, el proyecto de ley rompe los equilibrios en el sistema de pagos y establece un marco atípico a nivel internacional. Las consecuencias directas serán un retroceso en el desarrollo de la industria financiera y de los medios de pago hacia la provisión de servicios transaccionales que permitan avanzar hacia una economía sin efectivo, siendo estos cambios contrarios al marco constitucional del país y afectando en definitiva el desarrollo de los mercados financieros.