La Ley Nº 21.295 señala que estos fondos se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa.
Para cumplir lo anterior, cada banco ha implementado distintos mecanismos para resguardar la intangibilidad de estos fondos. Lo que se busca es que el titular de la cuenta donde fueron depositados pueda disponer de este dinero una vez que sean transferidos desde su AFP. En algunos casos, estos mecanismos podrían requerir la suspensión temporal de pagos automáticos o mandatos de pago.
Infórmate con tu banco sobre los mecanismos implementados por la entidad para el pago del retiro de los fondos de pensión.